APERTURA PISCINAS MUNICIPALES MURCHANTE TEMPORADA 2023

NORMAS PARA EL USO DE LAS PISCINAS MUNICIPALES Y SUS INSTALACIONES. TEMPORADA 2023.
1. La temporada de piscinas comenzará el 10 de junio y finalizará el 10 deseptiembre.
El horario de apertura será de 11’00 a 21’00 horas, de lunes a domingo.
Los días 15 y 16 de agosto, permanecerá cerrada.
El día 14 de agosto, así como del 17 al 21 de agosto, el horario será de 11’00 a 20’00 horas.

2. Podrán acceder a las instalaciones, aquellas personas que dispongan del abono anual o paguen la correspondiente entrada de día.
Los abonos se dispensarán en el Complejo Deportivo (C/ Escuelas, nº 64. Telf: 948 83 80 76), durante todo el horario de apertura de las piscinas. Se deberá rellenar una ficha de solicitud.
Se adjunta, en documento anexo, las tarifas y la normativa que regula los citados abonos.

3. Está permitido el uso de hamacas o tumbonas en la zona dedicada a la terraza del antiguo bar.
Asimismo, se autoriza el uso de hamacas en el césped, siempre que sus características sean compatibles con una adecuada conservación.
Cada usuario/a deberá llevarse su propia hamaca y deberá retirarla cuando abandone la instalación.

4. Estará permitida la entrada a la instalación de carritos de bebé, aunque no se podrá acceder con ellos a las zonas verdes. Deberán ser estacionados en los espacios habilitados para ello (zona hamacas/tumbonas, otras instancias de paso, etc.), los cuales estarán señalizados.

5. En los vasos, no estará permitido el uso de material y/o juegos de agua, tales como balones, colchonetas, juguetes, etc.
Queda autorizado el uso de “churros”, siempre que se usen como medio para el aprendizaje de la natación y no como juego.
El resto de normas a tener en cuenta respecto al baño, son las habituales de anteriores temporadas y vienen reflejadas en el punto nº 12.

6. Se podrá hacer uso de los vestuarios y duchas del Complejo Deportivo y de las Piscinas.

7. Para hacer uso del Polideportivo será obligatorio disponer del abono o entrada
diaria.
El horario de apertura y cierre coincidirá con el de las Piscinas. Será necesaria la reserva previa.

8. El horario del Gimnasio Municipal, durante la temporada de piscinas, será de 09’00 a 21’00 horas, de lunes a domingo, siendo obligatorio para su uso el abono o entrada diaria.

9. Durante la presente temporada, se impartirán cursos de natación. Toda la información de dichos cursos, ha sido publicitada a través de la app y web municipales.

10. Se dispone de servicio de bar, el cual puede ser usado tanto por abonados como no.

11. Los niños menores de 8 años deben estar siempre acompañados de un adulto. Asimismo, queda prohibida la presencia de niños que no estén vigilados por adultos en los vasos de las piscinas.

12. Otras normas a tener en cuenta, son:
- En el recinto se utilizará ropa deportiva y/o de baño.
- Antes y después de cada baño es obligatoria la ducha.
- Es obligatorio el uso de gorro de baño.
- Está permitido sentarse en el bordillo de los vasos.
- Queda prohibido terminantemente ensuciar el agua de las piscinas con champús, jabones o cualquier otro elemento.
- En el recinto de playas o vaso de la piscina, queda terminantemente prohibido comer o peinarse, así como el uso de hamacas o tumbonas. También queda prohibido introducir comida o bebidas.
Asimismo, no se permite fumar o mascar chicle en la playa que rodea el vaso de las piscinas. No obstante, cuando se haga en las zonas permitidas habrá que poner especial atención en depositar cenizas y colillas en los ceniceros y papeleras que se dispongan.
- Queda prohibida la utilización de las piscinas y sus instalaciones a las siguientes personas:
* Aquellas que padezcan afecciones cutáneas.
* Las que tengan heridas de consideración suficiente.
* Las que padezcan enfermedades infecto - contagiosas.
- Queda prohibido arrojar al suelo vasos, envases, restos de comida, pipas, papeles y cualquier otro resto, que deberán depositarse siempre en las papeleras depositadas al efecto.
- En el césped no se permite el desarrollo de actividades que puedan dañarlo, jugar con balones o similar, ni portar envases de vidrio.
- El uso de la piscina de chapoteo está recomendado para niños/as de hasta 6 años de edad (incluidos).
Está prohibido el uso de la piscina de chapoteo, a las personas mayores que no estén al cargo y vigilancia de algún menor.
- Está prohibida la utilización de la piscina de recreo, a los menores que no sepan nadar, no asumiendo en cualquier caso el Ayuntamiento la responsabilidad que pueda derivarse de esta utilización.
- La seguridad de los menores de edad es responsabilidad de los padres o personas adultas que los acompañan. En caso de que se encuentren menores solos, éstos serán desalojados de la piscina (vaso y zona de playa) hasta que se personen y permanezcan los adultos responsables para su cuidado en la zona de playa o vaso de la piscina.
- Quedan prohibidas las carreras, empujones y comportamientos ruidosos e inadecuados en el recinto, o cualquier actitud que comporte situaciones de riesgo.
- En cualquier caso el Ayuntamiento, no se responsabiliza de los accidentes que puedan ocurrir en las instalaciones y piscinas.
- Cualquier daño que se cause a las instalaciones por el mal uso de las mismas, o por su utilización incumpliendo las presentes normas, será exigido a los responsables de las infracciones.
- No se permitirá el acceso de animales al recinto, así como de patinetes o similar.

13. Se establece el siguiente baremo de sanciones:
-Infracciones leves: Expulsión de la instalación de 1 día a 1 semana
Fumar en las instalaciones deportivas.
Introducir en el recinto cualquier clase de animal.
No respetar los horarios de funcionamiento de la instalación.
No guardar la debida compostura y decencia respecto a los demás abonados.
Ensuciar las instalaciones.
Comer pipas o frutos secos con cáscara.
Utilizar elementos u objetos de vidrio o de otro material astillable.
Alterar el buen funcionamiento de las instalaciones con gritos que puedan molestar a los demás usuarios, así como correr, saltar, empujar y cualquier acción que pueda molestar o poner en peligro a los demás usuarios y en
general cualquier acción que pueda incomodar al resto de los usuarios.
Acceder a la instalación con vestimenta y/o calzado inadecuado.
Cualquier otra actuación que no esté clasificada como grave o muy grave.
-Infracciones graves: Expulsión de la instalación de 1 semana a 1 mes
No atender las indicaciones del personal encargado de las instalaciones, así como insultar o menospreciar al personal responsable.
Deteriorar las instalaciones o el material sin que cause un severo perjuicio en el funcionamiento de las instalaciones.
Entrar en la instalación con signos evidentes de embriaguez o bajo los efectos de las drogas.
El acceso de menores de 8 años sin vigilancia a la zona de piscina.
Acceder a la instalación sin ser abonado a la misma.
La práctica de juegos y deportes en áreas no destinadas al efecto.
No utilizar los servicios o vestuarios cuando sea necesario.
La entrada en áreas reservadas exclusivamente al otro sexo.
La reincidencia en faltas leves.
-Infracciones muy graves: Expulsión de la instalación de 1 mes a permanente.
Falsificación de tarjetas de acceso a la instalación o llaves de la misma.
Alterar el buen funcionamiento de las instalaciones mediante riñas, tumultos, agresiones físicas o verbales con otros usuarios, espectadores o encargados de las instalaciones.
Hurtar, robar o deteriorar las instalaciones o el material cuando causen severos perjuicios en el funcionamiento del servicio, así como las pertenencias de los usuarios.
Venta o consumo de drogas dentro de la instalación.
Acceso a la instalación con cualquier tipo de arma.
Entrada en las instalaciones fuera del horario establecido.
La reincidencia en faltas graves.

14. Las normas expuestas con anterioridad son totalmente obligatorias y su incumplimiento puede conllevar la expulsión inmediata del/a usuario/a para toda la temporada, sin derecho de reembolso de cuotas. Asimismo, el Ayuntamiento de Murchante se reserva la posibilidad de la apertura de un expediente sancionador ante la autoridad competente, pudiendo desembocar en una sanción económica.

15. El Ayuntamiento podrá dictar normas complementarias o aclaratorias de las presentes, actualizarlas, así como resolver cualquier duda de interpretación que pueda surgir.